Normatividad
centralizada y ejecutividad descentralizada
: precepto a ser reflejado en los nuevos reglamentos de biblioteca
Cuando
al cabo de un amplio proceso de auscultación y reflexión colectivas, el
Consejo Universitario aprobó el nuevo "Reglamento General del Sistema
Bibliotecario de la Universidad", puso a la vez en marcha otro proceso
que involucro a la totalidad de las dependencias y a través del cual cada una
de éstas deberá elaborar su respectivo reglamento de biblioteca, que habrá de
ser concordante con el Reglamento General.
En
efecto, el artículo 40 de dicho Reglamento establece esa obligación, y precisa
que debe cumplirse "conforme a los principios del presente Reglamento y a
las características generales que establezca la Dirección General de
Bibliotecas". Mientras que el
Art. 30 transitorio otorga un plazo de 6 meses (que expiró el 27 de enero
pasado) para que entren en vigor los nuevos reglamentos.
Pero
no se trata de una tarea sencilla, porque a la discusión se incorporan ahora
cientos de académicos dedicados a las más diversas áreas del conocimiento,
acostumbrados a ejercer con amplitud su libertad de polémica y proposición,
aunque plausiblemente desconocedores de todo el proceso de integración que
condujo al Sistema Bibliotecario.
Por
lo tanto, cabe suponer que por estas fechas, en cada una de las dependencias,
los bibliotecarios se hallen enfrascados en la ardua tarea de convencer de las
ventajas implícitas de un trabajo coordinado a escala general de la
Universidad, a buen número de escépticos, que no verán en éste sino un
peligro de una instancia burocratizante.
Factiblemente,
tal reticencia a la cooperación se expresa a través de la proposición de
reglamentos locales excesivamente escuetos, en buena medida prescindentes
respecto a las normas del Reglamento General y que sólo atiendan a ratificar
los “usos y costumbres”.
A
la distancia, esta situación podría recordar los conflictos vividos en la
Universidad cuando la tradicional "libreta de préstamos" fue
reemplazada por el sistema de tarjetas. El
choque entre la costumbre que funciona y la innovación que perturba, se hará
presente antes de mostrar su conveniencia.
Sin
duda, la franca convicción expresada por las máximas autoridades
universitarias y el fuerte impulso que éstas brindan al Sistema Bibliotecario,
constituyen elementos muy favorables... pero no suficientes para convencer por
completo respecto a las ventajas del mismo.
Aquí el papel de los. bibliotecarios resultará decisivo, y para jugarlo
deberán emplear sólidos argumentos en presencia de sus calificados
interlocutores.
Acaso
uno de los mejores argumentos sea provisto por la tendencia hacia lo
interdisciplinario que exhibe el quehacer académico actual, el cual demanda un
apoyo bibliográfico y documental cooperativo entre distintas áreas.
Pero no todos los universitarios están dispuestos a reconocer una relación
directa entre tal necesidad y la elaboración de un reglamento de biblioteca.
Quizás
resulten más, quienes reconozcan que el sistema LIBRUNAM ha dotado a los
universitarios de una potencialidad tanto grande cuanto imposible de explotar
sin un trabajo cooperario entre las bibliotecas.
Y
así sucesivamente, habrá de realizarse un trabajo escatológico sobre las
ventajas que a cada grupo pueda aportar el nuevo Sistema Bibliotecario, porque
en el fondo se trata de conciliar un interés local por la operación ágil y
simple, con un interés general por implementar el funcionamiento armónico a
escala de toda la Universidad.
En
la cuarta disposición transitoria del Reglamento General figuran iniciativas
orientadas a lo que habrá de ser el futuro Sistema Bibliotecario: credencial
única de usuario y sistema de circulación global, además de formación
técnica y refinamiento en informática.
Nada
de esto podría lograrse efectivamente si antes no se concilian
satisfactoriamente dicha normatividad general con una ejecutividad local, que se
atenga a la misma, aunque adaptándola a las condiciones propias.
Para
ir adelantando dentro de tal camino, parece conveniente que los bibliotecarios
ajusten su participación en el actual proceso, de elaborar reglamentos de
biblioteca, de acuerdo a las siguientes pautas:
1º
Cuidar que en todos los reglamentos de biblioteca se respete el marco
normativo general, a través de referencias concretas a los artículos específicos
del Reglamento General.
2º
Incorporar de manera explícita en los reglamentos de biblioteca algunos
de los principios que inspiraron el proyecto del Sistema Bibliotecario.
3º
. Considerar en todos los casos la
situación reglamentaria en que quedarían los universitarios ajenos a la
dependencia particular.
4º
Promover la discusión de proyectos para implementar la credencial única
y el control unificado de la circulación.
5º
Promover la discusión de medidas efectivas para el conocimiento del
acervo global y su perfeccionamiento, evitando repeticiones o uso ineficiente de
los materiales.